UNIVERSIDAD AUTONOMA DE SANTO DOMINGO
PRIMADA DE AMÉRICA. FUNDADA EL 28 DE OCTUBRE DE 1538
A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA
DISPOSICIONES DEL CONSEJO UNIVERSITARIO EN TORNO A LOS DISTURBIOS OCURRIDOS EN LA UNIVERSIDAD DURANTE LOS ÚLTIMOS DÍAS
SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL LUNES 19 DE SEPT. DE 2016
Exposición del Señor Rector, para referirse a los incidentes acaecidos en el campus durante los últimos días, los cuales han trastornado el normal desenvolvimiento de las labores docentes y administrativas en la universidad, secundada por los miembros del Consejo Universitario con opiniones y sugerencias al respecto.
RESOLUCIÓN NÚM. 2016-247
- Declarar en sesión permanente el Consejo Universitario;
- Reconocer el derecho que tienen los gremios de gestionar mediante los medios legalmente establecidos, la asignación de un presupuesto justo para la UASD, que garantice el buen desenvolvimiento de sus actividades académicas y administrativas
- Expresar la disposición de hacer cumplir las resoluciones adoptadas sobre el particular por el Consejo Universitario en las que se establece lo siguiente:
Resolución Núm. 95-060, de fecha 14 de agosto de 1995: Condenar y sancionar ejemplarmente la escenificación de desórdenes en las bocacalles del campus, el uso del mismo para el secuestro de propiedades y la presencia de elementos extraños encapuchados en la academia.
Resolución Núm. 95-060, de fecha 15 de septiembre de 1995, que establece:
a.- Se prohíbe, en los recintos de la Institución, el uso de capuchas, caretas y otros atuendos que oculten la identidad de la persona.
b.- El Consejo Universitario faculta a la Dirección de Seguridad a conducir ante los organismos universitarios correspondientes a toda persona que se encuentre dentro del campus con careta o encapuchada. Cuando se trate de un estudiante de la universidad, será enviado a la Comisión de Asuntos Estudiantiles para que se proceda de acuerdo a los reglamentos. Cuando se trate de un empleado será enviado a la Comisión Administrativa para que proceda de acuerdo a los reglamentos.
d.- Si se trata de un extrauniversitario, “será entregado a las autoridades correspondientes encargadas del orden público.”
Resolución Núm. 97-040, de fecha 28 de mayo de 1997, que establece:
Los participantes en actividades realizadas en el campus que desemboquen en desórdenes y actos vandálicos serán expulsados de la universidad.
- Evaluar las evidencias sobre los disturbios que han provocado la alteración del clima de paz y tranquilidad en la UASD, presentadas por la Dirección de Seguridad;
- Solicitar la comparecencia por ante el Consejo Universitario de las personas implicadas en los disturbios acontecidos recientemente en la Universidad, según el informe presentado por la Dirección de Seguridad;
- Sancionar a los culpables de provocar la alteración de la paz y la tranquilidad en la UASD de acuerdo con lo establecido por el Estatuto Orgánico, los reglamentos correspondientes y en las resoluciones del Consejo Universitario que regulan el comportamiento de los servidores y estudiantes de la universidad.
Dr. Iván Grullón Fernández Héctor Luis Martínez, MA
Rector Secretario General